Cómo mantener tu residencia tras la regularización extraordinaria 2026
Regularización extraordinaria 2026 · Guía de continuidad

Cómo mantener tu residencia después del primer año

La autorización obtenida por la regularización dura un año. Para continuar, la vía normal no se llama “renovación”: debes solicitar una modificación a residencia y trabajo.
Autorización inicial: 1 año
Plazo ordinario: 60 días antes
Modificación favorable: 4 años
Vía normal
Modificación
Si cumples los requisitos para trabajar por cuenta ajena o propia, solicitas una nueva autorización de 4 años.
Solo si no puedes modificar
Prórroga excepcional
Puede ser de 1 año por búsqueda activa o integración, o de 4 años ante determinadas barreras justificadas.
El plazo

¿Cuándo debes presentar la solicitud?

Toma la fecha de caducidad de tu TIE o resolución como referencia. La mejor opción es preparar el expediente con antelación y presentarlo dentro del plazo ordinario.
−60 días
Plazo ordinario
Desde 60 días antes de que caduque el permiso.
Caducidad
Tu solicitud mantiene la validez
Si ya la has presentado, la autorización queda prorrogada hasta que se resuelva.
+90 días
Plazo extraordinario
Hasta 90 días naturales después de la fecha de caducidad.
!Presentarla durante el plazo extraordinario significa hacerlo fuera de plazo y puede acarrear una sanción.
Calculadora de plazo

Calcula las fechas de tu modificación

Introduce la fecha de caducidad que aparece en tu TIE o resolución. La calculadora te mostrará cuándo comienza el plazo ordinario y cuándo termina el extraordinario.
Cálculo orientativo con 60 días anteriores y 90 días naturales posteriores. Comprueba siempre el cómputo exacto antes de presentar.
Introduce tu fecha para empezar
Inicio ordinario
—
Caducidad
—
Último día extraordinario
—
Orientación inicial

¿Qué te toca según tu situación?

Selecciona la opción que más se parezca a tu caso cuando se acerque la caducidad. Verás la vía que conviene revisar con tu documentación.
Elige una opción
Te indicaremos qué vía revisar
La respuesta es orientativa. Antes de presentar, hay que comprobar fechas, vida laboral, contratos, altas y circunstancias familiares.
Elige tu vía

Dos rutas para conseguir la autorización de 4 años

Debes acreditar al menos una de las situaciones legales de la ruta que elijas. Estas son las más habituales; la documentación exacta depende de tu caso.
Trabajo por cuenta propia
La vía habitual exige demostrar:
  • Continuidad de tu actividad como autónomo o profesional.
  • Cumplimiento de tus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • También existen alternativas si tienes protección por cese de actividad o la actividad terminó por causas ajenas a ti.
  • Pueden valorarse otros supuestos legales, incluidos ciertos casos familiares o de violencia.
Resultado favorable: residencia y trabajo por cuenta propia y ajena en toda España durante 4 años.
Importante: haber trabajado 3 meses no basta por sí solo
La vía del artículo 80.2.b exige cumplir dos partes al mismo tiempo. Los tres meses son la base; además debes acreditar una de estas tres situaciones.
Primera parte
Actividad laboral de al menos 3 meses durante el año
Y además, una de estas opciones
Nuevo empleo: contrato con otro empleador y alta o situación asimilada al alta cuando solicitas.
Contrato condicionado: nuevo contrato que comenzará cuando concedan la modificación y que cumple los requisitos legales.
Pérdida involuntaria: el trabajo terminó por causas ajenas a ti y permaneces inscrito sin interrupción como demandante de empleo.
iEsta es solo una de las vías. Si continúas en la misma relación laboral, acreditas 9 meses de alta en 12 u otro supuesto legal, no necesitas encajar en esta combinación concreta.
Paso a paso

Un expediente ordenado en cinco movimientos

1
Comprueba la fecha
Localiza la caducidad exacta de tu autorización.
2
Elige la ruta
Cuenta ajena, cuenta propia o una excepción justificada.
3
Reúne las pruebas
Acredita la situación concreta que te permite continuar.
4
Encárgala a nuestro despacho
Revisamos tu caso, preparamos la documentación y presentamos la modificación por ti.
5
Actualiza tu TIE
Tras la resolución favorable, sigue el plazo indicado para tu nueva tarjeta.
Lista interactiva

Prepara tu carpeta durante el año

Selecciona la vía que quieres revisar. Marca los documentos que ya tienes y comprueba qué falta antes de que se abra tu plazo.
0 de 0 documentos preparados
La lista se adapta a la vía elegida. El despacho revisará después qué documentos concretos exige tu expediente.
Plan alternativo

¿Y si no puedes solicitar la modificación?

La norma prevé prórrogas excepcionales. No sustituyen automáticamente la vía normal: debes demostrar la circunstancia que las justifica.
1 año
Búsqueda activa o integración
Debes acreditar que buscas empleo activamente y estás inscrito en el servicio público de empleo, o aportar un informe autonómico favorable de esfuerzo de integración que recomiende la prórroga.
4 años
Barreras justificadas para trabajar
Puede concederse ante enfermedad grave o discapacidad del titular o de determinados familiares, o si la persona titular ya alcanzó la edad legal de jubilación.
Idea clave
La prórroga solo entra en juego cuando no cumples los requisitos para solicitar la modificación.
Presentar a tiempo mantiene vigente tu autorización hasta que llegue una resolución. Antes de enviar el expediente, confirma el formulario, la tasa y las pruebas que corresponden exactamente a tu situación.

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Abogados Extranjería El Ejido

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